Desarrollos
clave desde mayo del 2000: Argentina coauspició un seminario
regional sobre la destrucción de existencias que tuvo lugar en noviembre
del 2000. Argentina presentó su informe inicial de transparencia del
Artículo 7 del Tratado para la prohibición de las minas, el cual
hizo público por primera vez los detalles de sus existencias de 89.170
minas antipersonal. En la Oficina del Estado Mayor Conjunto se ha establecido
una Oficina para Desminado Humanitario.
Política de prohibición de minas
Argentina firmó el Tratado para la
Prohibición de las minas el 4 de diciembre de 1997. El Congreso Nacional
lo aprobó el 23 de junio de 1999 conforme a la ley 25.112, y fue
publicado en el Diario Oficial el 21 de julio de
1999.[1] Argentina depositó su
instrumento de ratificación el 14 de septiembre de 1999 y el Tratado
entró en vigor el primero de marzo del 2000.
Argentina no ha promulgado aún una legislación nacional para la
implementación, pero un funcionario del Ministerio de Asuntos Exteriores
expresó al Monitor de minas terrestres que la Ley 25.112 estaba bajo
estudio para ver si se pueden incluir sanciones penales por el uso,
almacenamiento, producción y transferencia de minas
antipersonal.[2] El Ejecutivo (el
presidente y los ministros) presentarían al Congreso un proyecto de ley
que incluyera tales disposiciones para su aprobación.[3]
Argentina presentó su primer informe de transparencia del
Artículo 7 el 30 de agosto del 2000, que cubría el período
desde el 14 de marzo al 21 de agosto del 2000 y su segundo informe el 28 de mayo
del 2001, por el período del 22 de agosto del 2000 al 11 de mayo del
2001.
Argentina asistió a la Segunda Reunión de los Estados Parte del
Tratado en septiembre del año 2000. Un representante de la misión
de las Naciones Unidas en Ginebra de Argentina asistió a las reuniones
del Comité Permanente Intersesional en diciembre del 2000 y mayo del
2001. En noviembre del año 2000, Argentina votó a favor de la
resolución 55/33V de la Asamblea General de las Naciones Unidas apoyando
el Tratado para la Prohibición de las Minas.
Argentina copatrocinó con Canadá el seminario regional sobre
destrucción de existencias de minas en el continente americano, que tuvo
lugar del 6 al 8 de noviembre del 2000, con la cooperación de la
OEA.[4] El seminario concluyó
con el “Reto de Managua”, un llamado a todos los signatarios
restantes de la región a completar la ratificación a tiempo para
la Tercera Reunión de los Estados Parte que tendrá lugar en
Managua, Nicaragua, en septiembre del 2001. También es un llamado a todos
los Estados Parte a que presenten sus informes del Artículo 7 para esa
fecha y quizás, lo más importante, un llamado a todos los Estados
Parte para que lleguen a Managua con sus existencias de minas completamente
destruidas.[5]
Justo antes del seminario regional, del 4 al 5 de noviembre del 2000, el
Servicio Paz y Justicia (SERPAJ) Argentina, miembro de la Campaña
Internacional para la Prohibición de las Minas (International Campaign to
Ban Landmines--ICBL), patrocinó una reunión regional de
investigadores del Monitor de minas terrestres y de investigadores de la ICBL,
la cual incluyó una conferencia de prensa conjunta SERPAJ-ICBL, con el
laureado Nobel Adolfo Pérez Esquivel, presidente de SERPAJ.
Argentina es un Estado Parte de la Convención sobre Armas
Convencionales (CAC) que incluye el Protocolo II Enmendado. Participó en
la segunda conferencia anual de Estados Parte del Protocolo II Enmendado en
Ginebra en diciembre del 2000 e hizo una declaración a la plenaria.
Presentó su informe anual del Artículo 13 el 8 de diciembre del
2000.
Producción, transferencia y uso de minas terrestres
Argentina es un ex productor y exportador de minas
antipersonal. En el pasado fabricaba tres tipos de minas antipersonal: las minas
plásticas de fragmentación FMK-1, minas a presión o
activadas por alambre MAPG y la mina saltadora
MAPPG[6]. La producción
tenía lugar en la Dirección General de Fabricaciones Militares del
Ministerio de Defensa. Argentina no ha entregado información sobre
desmantelamiento o reconversión de las instalaciones de producción
en sus informes del Artículo 7. Argentina importaba minas antipersonal
desde Italia (SB33), España (P4B) y, a juzgar por minas encontradas en
las Malvinas, Israel (Número
4).[7] En el período que cubre
el informe no ha habido uso de minas antipersonal.
Existencias de minas
En sus dos informes del Artículo 7, Argentina
presentó información sobre sus existencias, que consisten en un
total de 89.170 minas terrestres antipersonal (72.924 minas AP EXPAL P4B
fabricadas por España, 10.885 minas AP SB33 fabricadas por Italia y 5.361
minas argentinas AP FMK-1).[8] No se
hizo mención de otros tipos de minas antipersonal producidas por
Argentina en el pasado ni de otras minas importadas de Israel.
El gobierno y las organizaciones no gubernamentales que participaron en el
seminario regional de noviembre del 2000 visitaron el Centro de Entrenamiento en
Desminado Humanitario (CED) de las Fuerzas Armadas y presenciaron la
destrucción de 200 minas AP P4B
[9] Sin embargo, esta
destrucción no forma parte del informe del Artículo 7 de Argentina
de mayo del 2001.
No se ha producido otra destrucción de existencias desde que el
Tratado entró en vigor.[10]
El último informe del Artículo 7 declara que en el 2001 el
Ejército planifica recolectar información sobre existencias
almacenadas en sus unidades logísticas y en el 2002 planifica la
destrucción de las minas AP EXPAL P4B y las FMK-1. La destrucción
del arsenal del Ejército se hará por detonación
física y química y la llevará a cabo la Jefatura IV de
Materiales. La Marina comenzará la destrucción de las existencias
en la segunda mitad del 2001 en la base naval de Belgrano y estima que le
tomará 11 meses hacerlo. Esta destrucción se efectuará por
destrucción mecánica de los cartuchos y detonación de las
espoletas, procedimiento que “no genera residuos
peligrosos”.[11]
En noviembre del 2000 funcionarios del Ejército argentino expresaron
al Monitor de minas terrestres que ellos podrían destruir todas sus
existencias para septiembre del 2001 y de esa manera cumplir con el Reto de
Managua, pero un funcionario del Ministerio de Asuntos Exteriores más
tarde expresó que un objetivo más realista para Argentina
sería ver el plan de destrucción de arsenal listo para la Tercera
Reunión de los Estados
Parte.[12] El informe del
Artículo 7 declara que tal destrucción se llevará a cabo
“en el marco temporal de la Convención de
Ottawa”.[13]
En su informe inicial del Artículo 7, Argentina indicaba que la Marina
mantendría 3.049 minas antipersonal de conformidad con el Artículo
3 del Tratado (2.885 minas AP SB33 y 164 minas AP FMK-1) y que el número
de minas que mantendría el Ejército estaba en
estudio.[14] El informe del
Artículo 7 de mayo del 2001 indicaba que el Ejército
retendría otras 10.000 minas (de tipo no identificado) y que el
número de la Marina sería ajustado a 3.025 haciendo con eso un
total de 13.025 minas antipersonal que quedarían para efectos de
capacitación.[15] El
Ejército declara que las minas que retiene serán dadas a
ingenieros del Ejército para ser usadas en
capacitación.[16]
Magnitud del Problema
Argentina ha declarado repetidas veces que la
única parte de su territorio afectada por las minas son las islas
Malvinas (véase informe separado del Monitor de minas terrestres). De
conformidad con su informe del Artículo 7, se habrían plantado
20.000 minas AP EXPAL y FMK-1 durante el conflicto de
1982.[17] Como lo ha hecho en el
pasado, Argentina incluyó en su informe del Artículo 7 una
declaración interpretativa de su reclamación de soberanía
sobre las islas.[18] Argentina y el
Reino Unido todavía están involucrados en negociaciones sobre
remoción de minas de las Islas, pero no ha habido avances en el
período cubierto por el
informe.[19]
Argentina declara que las áreas que Chile minó en la
década de 1970 están en el lado chileno y no en el lado de la
frontera argentina.[20] Sin embargo
funcionarios del Congreso Nacional advirtieron que estas zonas minadas pueden
amenazar la seguridad de los campesinos argentinos y de indígenas que
cruzan de un lado a otro en áreas fronterizas afectadas por las minas y
que no están marcadas.[21]
Véase Informe del Monitor de Minas Terrestres de 2000 para una
descripción de posibles zonas
minadas.[22] Aunque la
remoción de minas fue un tema oficial del debate entre Argentina y Chile
en 1999, no ha habido ningún avance reciente al
respecto.[23]
Acción contra las minas
Argentina no proporcionó asistencia financiera
para la acción contra las minas en el período cubierto por el
informe. Argentina ha participado en programas de acción contra las minas
en Kuwait, América Central, Perú, Ecuador y Angola. La
Compañía 16 del Ejército argentino ha participado en
actividades de desminado y destrucción de dispositivos explosivos en
Kuwait en los últimos ocho años. La compañía tiene
50 miembros, incluyendo 17 ingenieros, 15 conductores y operadores de maquinaria
y 8 operadores de radar. El personal está en un sistema de
rotación y cambia cada seis
meses.[24] La ayuda de Argentina
para la remoción de minas en América Central terminó en
enero del 2000 y, según declaraciones, el gobierno está evaluando
esta participación.
El Centro de Entrenamiento en Desminado Humanitario (CED) imparte cursos de
entrenamiento de 45 días de duración cada seis meses, para
personal militar argentino y extranjero. El CED cuenta con 14 instructores. El
Centro Argentino de Entrenamiento para Operaciones de Paz (CAECOPAZ), que
trabaja exclusivamente en entrenamiento de operaciones para el mantenimiento de
la paz, también imparte cursos semestrales de desminado y asistencia
humanitaria. El 25 de febrero del 2000 se creó un Grupo de Trabajo sobre
Minas Antipersonal y Desminado Humanitario por resolución MD
169/00.[25] El 27 de noviembre del
2000 se estableció una Oficina de Desminado Humanitario en la Oficina del
Estado Mayor Conjunto para ayudar en la ejecución de las tareas del Grupo
de Trabajo.[26]
Víctimas de las minas
Tanto civiles como militares argentinos fuera del
país han sido víctimas de minas en el pasado, pero en el
período que cubre el informe no se registraron víctimas causadas
por las minas. En el país existen leyes nacionales generales sobre
discapacidades.[27]
[1] Diario Oficial, Número 29.191, 21 de
julio de 1999. [2] Entrevista con Santiago
Villalba, Secretario, Dirección de Seguridad Internacional,
División de Asuntos Nucleares y Espaciales, Ministerio de Asuntos
Exteriores, Buenos Aires, 19 de diciembre del
2000. [3] Ibid, 1ª de enero del
2001. [4] De la región de las
Américas, participaron en el seminario representantes de Bolivia.,
Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras,
México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, los Estados
Unidos y Venezuela. Los acompañaron participantes de Australia, Francia,
Alemania, Hungría, Italia, Japón, los Países Bajos,
España, Suecia, GICHD, ICBL, OEA, PRIO y
UNMAS. [5] Conclusiones de Argentina y
Canadá (copresidentes), Regional Seminar on Stockpile Destruction in the
Americas, Buenos Aires, 6-8 de noviembre del
2000. [6] Ministerio de Defensa de los Estados
Unidos. “Mine Facts”, CD Rom. [7]
Véase informe nacional del Reino Unido en el Informe del Monitor de Minas
Terrestres del 2000. [8] Informes del
Artículo 7, Formulario B, entregado el 30 de agosto del 2000 y el 28 de
mayo del 2001. Traducción al español por el Monitor de Minas
Terrestres. [9] Notas tomadas por el Monitor
de Minas Terrestres en el Centro de Entrenamiento en Desminado Humanitario, 8 de
noviembre del 2000. [10] Informe de
Artículo 7, Formulario G, 30 de agosto del
2000. [11] Informe de Artículo 7,
Formulario F, 28 de mayo del 2001. [12]
Notas tomadas por el Monitor de Minas Terrestres en el Centro de Entrenamiento
de Desminado Humanitario, el 8 de noviembre del 2000; entrevista con Santiago
Villalba, Secretario, Dirección de Seguridad Internacional,
División de Asuntos Nucleares y Espaciales, Ministerio de Asuntos
Exteriores, Buenos Aires, 19 de diciembre del
2001. [13] Informe de Artículo 7,
Formulario F, 28 de de mayo del
2001. [14] Informe de Artículo 7,
Formulario D, 30 de agosto del 2000. [15]
Informe de Artículo 7, Formulario D, 28 de de mayo del
2001. [16] Informe de Artículo 7,
Formulario F, 28 de de mayo del 2001. [17]
Informe de Artículo 7, Formulario C, 30 de agosto del
2000. [18] Informe de Artículo 7,
Formulario C, 30 de agosto del 2000. Véase Informe del Monitor de Minas
Terrestres del 2000, pp.219-220. [19]
Véase informe sobre las islas Falklands/Malvinas, Informe del Monitor de
Minas Terrestres del 2000, pp.
368-371. [20] Informe del Monitor de Minas
Terrestres del 2000, p. 222. [21] Entrevista
con Osvaldo Gazzola, Asesor, Oficina del Congresista, Alfredo Bravo y Jorge
Rivas, 14 de febrero del 2000. [22] Informe
del Monitor de Minas Terrestres del 2000, p.
222. [23] Véase Informe del Monitor
de Minas Terrestres del 2000, p. 223. [24]
Respuesta del Ministrerio de Asuntos Exteriores al cuestionario del Monitor de
Minas Terrestres, 5 de abril del 2001. [25]
Para más detalles véase Informe del Monitor de Minas Terrestres
del 2000, p. 220. [26] Entrevista con el
Capitán (jubilado) Carlos Nielsen, Director de la Oficina de Desminado
Humanitario, Buenos Aires, 7 de noviembre del 2000; entrevista telefónica
con el Capitán (jubilado) Nielsen, 22 de febrero del
2001. [27] Ley 22.431 publicada el 20 de
marzo de 1981, enmendada por las leyes 23.876, 24.308, 24.314 y 24.901.