Belice
firmó el Tratado para la Prohibición de las Minas el 27 de febrero
de 1998. Ratificó el Tratado el 23 de abril de 1998 y no ha promulgado
legislación nacional para su implementación. Belice
presentó su informe inicial de transparencia del Artículo 7 el 4
de noviembre de 1999, pero no ha presentado los informes anuales actualizados
requeridos para el 30 de abril del 2000 y el 30 de abril del 2001. No
participó en la Segunda Reunión de los Estados Parte en septiembre
del 2000 ni en las reuniones del Comité Permanente Intersesional de
diciembre del 2000 y mayo del 2001. Belice votó en apoyo de la
resolución 55/33V de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Aunque
no es parte del Protocolo II Enmendado anexo a la Convención sobre Armas
Convencionales (CAC), Belice participó como observador en la segunda
conferencia anual de los Estados Parte en diciembre del 2000. Belice nunca ha
usado, producido, importado, ni almacenado minas terrestres antipersonal, ni
siquiera para propósitos de entrenamiento y no está afectado por
las minas.[1]